| CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
| Artículo 350.El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los derechos humanos. | |
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